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Cada día, muchas personas resultan heridas debido a condiciones y peligros localizados en restaurantes, parques de diversiones, supermercados, hoteles, y otras áreas manejadas por dueños de propiedades y negocios. Los dueños de propiedades, dueños de negocios, y arrendadores tienen el deber de mantener condiciones seguras para los invitados que entran a su(s) propiedad(es), Cuando los dueños de propiedad violan su deber de cuidado y fallan en corregir cualquier condición peligrosa en su propiedad, pueden ocurrir serias heridas, y en algunos casos, la muerte.

Existen muchos problemas complejos asociados con los casos de responsabilidad de premisas, y por tanto, es importante que una víctima obtenga los servicios de un hábil abogado de responsabilidad de premisas para ayudarle a analizar el caso y desarrollar un plan de acción a fin de que la víctima pueda recuperar daños. Si usted o un ser querido ha sido herido debido a una condición peligrosa en la propiedad de otra persona, podría tener derecho a obtener daños por sus heridas. Llame a Prosper Injury Attorneys para hablar con un abogado acerca de su reclamación hoy.

Reclamaciones de Responsabilidad de Premisas en Florida

La responsabilidad de premisas cubre una amplia variedad de reclamaciones debido al hecho de que las condiciones peligrosas pueden encontrarse en todas partes. Algunas de las reclamaciones de responsabilidad de premisas más comunes incluyen:

A fin de probar que el dueño de una propiedad, dueño de negocio, o arrendador fue negligente en una reclamación de responsabilidad de premisas, una víctima debe probar tres factores. Para probar negligencia, un demandante debe demostrar a la corte que:

  1. El dueño de la propiedad, dueño de negocio, o arrendador sabía o debía saber acerca de una condición peligrosa en su propiedad;
  2. El dueño de la propiedad, dueño de negocio, o arrendador falló en reparar o remover dicha condición peligrosa en su propiedad;
  3. La negligencia del dueño de la propiedad, dueño de negocio, o arrendador hirió a la víctima; y
  4. La víctima sufrió daños como consecuencia de la negligencia.

Tipos de Visitantes en Demandas de Responsabilidad de Premisas

Reciba la evaluación gratuita de su caso hoy; llámenos al (305) 694-2676 o contáctenos vía online mediante nuestro seguro formulario de contacto.
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En Florida, el deber de cuidado que un dueño de propiedad, dueño de negocio, o arrendador debe a los visitantes en su premisa varía dependiendo la razón por la cual el visitante se encontraba en la propiedad. La ley de Florida reconoce tres tipos de visitantes:

  • Invitados, es decir, visitantes comerciales e invitados sociales
  • Personas autorizadas sin invitación, es decir, quienes tienen permiso de estar en la propiedad pero no fueron invitadas
  • Intrusos

A los invitados de negocio se les debe el mayor deber de cuidado. Estos individuos visitan una propiedad para propósitos de negocio. El individuo que posee la propiedad tiene el deber de mantener su propiedad libre de peligros y si el propietario conoce de algún peligro en su propiedad, tiene el deber de notificar a sus invitados. Inspeccionar sus propiedades regularmente es un deber que todo dueño de propiedad tiene para con sus invitados de negocio.

La ley de Florida protege a los invitados sociales igual que a los visitantes comerciales (Wood v. Camp, 284 So. 2d 691 (Fla. 1973)). Quien posee o controla la propiedad debe mantenerla razonablemente segura para ellos y advertirles de los peligros ocultos que conoce o debería conocer y que un invitado no notaría. Una persona autorizada sin invitación es quien entra a la propiedad por su propia conveniencia, sin una invitación expresa o que razonablemente pueda deducirse de las circunstancias. El dueño le debe menos: evitar la conducta intencionalmente dañina o la negligencia temeraria, y advertirle de los peligros que conoce y que esa persona no notaría fácilmente.

Los intrusos son personas que entran a una propiedad sin el consentimiento del dueño. La razón por la cual un intruso entra en la propiedad de otra persona no es importante. El individuo que posee la propiedad no debe herir temeraria o intencionalmente a un intruso. Una regla diferente aplica cuando el intruso es un niño(a). Si se conoce que hay niños que entran a la propiedad de una persona, ese individuo es responsable por la heridas del menor si existe una condición peligrosa. Un ejemplo de una condición peligrosa sería desatender una podadora de césped o una piscina.

Si la condición peligrosa no es hecha por el hombre (ej. lago, río, risco, rocas), el dueño de propiedad, dueño de negocio, o arrendador no es responsable si un visitante menor o adulto resulta herido.

Estatuto de Limitaciones por Reclamaciones de Responsabilidad de Premisas de Miami

Para la mayoría de los reclamos por negligencia surgidos después del 24 de marzo de 2023, Florida le da dos años desde la fecha de la lesión para demandar. Los reclamos surgidos en esa fecha o antes conservan el plazo anterior de cuatro años. Un reclamo por muerte injusta debe presentarse dentro de los dos años posteriores al fallecimiento. Los reclamos contra una ciudad, un condado o una agencia estatal tienen reglas propias: generalmente se exige un aviso escrito a la agencia dentro de tres años, el plazo para demandar generalmente es de cuatro años, y los reclamos por muerte injusta y por atención médica tienen plazos distintos. No espere para llamar.

Abogado de Responsabilidad de Premisas de Miami

Presentar una reclamación puede ser un asunto confuso y complejo debido lo diferente de cada grupo de circunstancias y hechos en cada reclamación. Ningún caso es igual a otro, y por lo tanto, es crucial que cuente con el servicio de un hábil abogado de responsabilidad de premisas con experiencia litigando este tipo de reclamación.

Si usted o un ser querido ha sido herido en la propiedad de otra persona debido a la negligencia de su dueño, llame a Prosper Injury Attorneys para hablar con un experimentado abogado de daño personal. Llámenos hoy al 305-694-2676 para una consulta gratuita.